El pasado viernes 8 de octubre inició el último proceso de postulación al Préstamo Solidario 2021, el que tiene como objetivo ser un respaldo a las familias de clase media más afectadas por la pandemia del coronavirus.El crédito puede ser solicitado por personas, empresarios individuales y pensionados por vejez o invalidez por la modalidad de Renta Vitalicia.
El préstamo dado por el Estado tiene un interés real del 0% y puede ser solicitado solamente en tres ocasiones, excepto las personas que recibieron el Bono Clase Media, quienes solo pueden pedirlo dos veces.
El monto que puedes solicitar corresponde a la totalidad de la caída de tus ingresos formales, con un tope máximo de $650.000 por cuota
Con este préstamo podrás acceder a un máximo de tres cuotas, pero si además accediste al Bono Clase Media 2021, el máximo serán 2 cuotas.
Cómo postular en octubre
El Préstamo Solidario se podrá solicitar en la web del Servicio de Impuestos Internos, a contar del octavo día de cada mes, es decir, el 8 de octubre está habilitada la página del SII para hacer la solicitud.Para postular, es necesario tener una Clave Única o una Clave tributaria.
Los requisitos para solicitar el Préstamo Solidario son los siguientes:
-Tener un ingreso promedio mensual en 2019 mayor a $298.833 (al 31 de diciembre de 2019), equivalente a $311.934 a abril de 2021.- Registrar una disminución de un 10% o más en los ingresos del segundo semestre de 2020, en comparación con el mismo periodo de 2019.- No tener montos pendientes de restitución por haber obtenido indebidamente el Aporte Fiscal 2020.- En el caso de los pensionados, para acceder a este préstamo, deben contar con una pensión por vejez o invalidez en la modalidad de Renta Vitalicia, por hasta $408.125. El monto al que pueden acceder será igual o menor al de su pensión.
Cuándo se entregan los montos
El Préstamo Solidario se podrá solicitar en la web del Servicio de Impuestos Internos, a contar del octavo día de cada mes.
Respecto a la fecha en la que se depositará el dinero solicitado, la ley establece que la Tesorería General de la República realizará el pago dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la solicitud del beneficio.Se puede solicitar que sean entregados a través de transferencia bancaria o por caja en BancoEstado.
RESOLUCIÓN EX. SII Nº91.-
PLAZOS DDJJ AT 2025 RENTA