Con fecha 30 de julio de 2024, la circular 34 que imparte las directrices sobre la aplicación del régimen opcional del Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF).
Cabe destacar que según la Circular, las empresas acogidas al Régimen Pro Pyme General del artículo 14 D) LIR tendrán una tasa del Impuesto Sustitutivo del 30%. No obstante, si optan por este régimen en enero de 2025, podrán beneficiarse de un crédito del 25%. La Circular también incluye un Anexo con esquemas para orientar a los contribuyentes sobre cómo ejercer esta opción en enero de 2025.
RESOLUCIÓN EX. SII Nº91.-
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